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Sobre la licitación.

domingo, 05 de julio del 2009 a las 16:20
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Mucho se habla de que la construcción está fuera del nuevo modelo economico y todo eso, pero el caso es que al final una de las formas que nuestros politicos promueven el empleo es el gasto de inversión, que normalmente es el que se dedica para la construcción de infraestructuras y obra pública.

El motivo de este blog es la paradoja que se da con la gran cantidad de empresas creadas que han vivido de la tal burbuja inmobiliaria y ahora no pueden amarrarse a este barco si no es en forma de subcontratadas y por lo tanto las condiciones de financiación acaban siendo si cabe hasta más duras que las pasadas anteriormente.

En el caso de querer licitar es un procedimiento un poco que no está al alcanze de cualquiera, por un lado la condición primordial es la solvencia economica y técnica. Entre estas dos palabras basicamente se da uno cuenta de las pocas empresas que hay para llegar a ello.

La solvencia economica se define basicamente con el patrimonio neto que tiene la sociedad, o en el caso de empresarios individuales con algún seguro de responsabilidad profesional. Claro está cuando ha sido este requisito imprescindible para contratar con la empresa privada. En el peor de los casos que se este al corriente con organismos oficiales.

La solvencia técnica es aquella que se define por un lado con el personal técnico titulado (ingenieros, arquitectos,... ) que estan en la empresa con experiencia suficiente. Además que se debe de incluir los certificados de buena ejecución de las obras realizadas.

Con una paquete de documentación considerable solicita uno el expediente de clasificación de contratistas por el MINISTERIO DE ECONOMIA Y HACIENDA. Claro que ahora que están hablando tanto de gastos de más y todo eso resulta que una serie de comunidades autonomas tienen su propia clasificación que no guarda relación con la administracion general. Que quiere decir esto que si me la da el Ministerio tengo la posibilidad de licitar en cualquier punto de españa, sin embargo con la de la conserjeria solo en la comunidad autonoma donde tenga sus funciones.

 

Sobre la crisis

miércoles, 28 de enero del 2009 a las 22:53
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Sobre la crisis

Cuando uno se pone a ver los datos que encuentra por el ministerio de la vivienda www.ine.es o del ministerio de fomento en cuanto a las estadisticas dentro del sector de la construcción y la edificación.

Es evidente la bajada de los precios de la vivienda, de todas maneras pueden obtenerse las tablas con la variacion de los indices desde 2005.

Del grafico observamos que a partido del tercer trimestre de 2008 baja el precio de la vivienda, bueno mas bien la venta de la misma y por lo tanto una reduccion de su consumo.

Si la añadimos a un grafico con la variación de los indices de los indices de precios de la construcción y los de mano de obra vemos que la bajada del inde de la vivienda obliga posteriormente a la bajada de los indices de costes de materiales de la construccion pero no a una bajada de los indices de la mano de obra que sin embargo se mantienen al alza incluso con la perspectiva futura de crecimiento.

No pensemos que por que bajen los precios lo vamos a comprar todo mas barato, los precios tienen un tope y el cual es el coste de producción, nadie fabrica nada por lo que no vaya a obtener un margen. Si no se da ese margen la mejor opción acabará cerrando, eso conlleva constructoras, almacenes, fabricas,... etc. y despidos.

Instituto valenciano de finanzas

miércoles, 21 de enero del 2009 a las 21:28
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El instituto valenciano de finanzas al igua que el ICO ha puesto en manos de cajas y bancos una linea de 150 millones de euros para reestructuracion de deuda y circulante. Al igual que el ico, el IVF presta el dinero pero las entidades deciden a quien darselas. La medida aunque parece bastante sugerente no aporta mas que incertidumbre a la actual situación en la que vivimos ya que son precisamente los bancos los negados a conceder creditos.

Las entidades son las siguientes: Bancaja, CAM, Banco de Valencia, Banco Santander, Ruralcaja, Banco Popular Español, Banco de Sabadell, Caja Murcia, Caja Campo, Caixa Rural Torrent, Caja Rural Central, Crèdit Valencia Caja Rural, Caixa Ontinyent.

Se puede consultar mas informacion en http://www.ivf.es/PaginasCastellano/FinanciacionEmpresarial/deudaycirculante.html

Informacion sobre R.A.I

miércoles, 21 de enero del 2009 a las 21:01
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El RAI (Registro de aceptaciones impagadas) viene realizado por el CENTRO DE COOPERACION INTERBANCARIA, S.A http://www.asociacioncci.es  que según ellos es una asociación profesional sin ánimo de lucro, que no desarrolla actividad económica alguna, y que se rige por estatutos propios, además de ajustarse a la legislación aplicable a las asociaciones.

Formada por Desde enero de 2005, CCI está formado por 232 asociados, siendo 93 bancos, 1 compañía de crédito oficial, 55 cajas de ahorros y préstamos y 83 compañías de crédito.

Y son los responsables del Fichero RAI esto se puede leer según la memoria de 2002 de la agencia de proteccion de datos a partir de la pagina 132 www.agpd.es

CCI, como responsable del fichero y por CTI,(www.ctisa.es) como encargado del tratamiento

 Las recomendaciones sobre ese fichero redactadas por la agencia de protección de datos, por otra parte con una resolucion nº327/93 a 9/9/2002 del Tribunal de defensa de la competencia en la que se abre una investigacion y se prorroga su uso como registro de morosos.

Si teneis un momento leer esas recomendaciones, está bien que exista un registro de morosos eso nadie lo discute lo que es justo es que ratifique la realidad de aque al que se menciona en el mismo. Si se da el caso de quien tenga un "saldo cero" debe ser anulado del mismo.

Tambien se observa la existencia de otros ficheros en el CCI a los que teoricamente solo puede tener acceso el CCI y las administraciones solo en el caso de que fuere necesario.

Actualmente sigue su uso aunque hay una serie de particuaridades que a las que los ciudadanos tenemos derecho gracias a la ley.  En primer lugar hay empresas que te cobran por el solo hecho de comunicarte su consulta en el fichero, cuando podemos solicitarlo nosotros mismo haciendo uso del derecho de acceso previsto en el artículo 15 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y en los artículos 27 y 28 del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre. Mediante modelo de solicitud al encargado del fichero en este caso CTI.

Todo esto se puede leer en las paginas de la Agencia de proteccion de datos y del tribunal de defensa de la competencia.

Mi contribución a este blog que intentaré ampliar poco a poco es decir los medios de los que contamos a veces y de los que no hacemos uso por desconocimiento, por que no se transmite publicidad y accesibilidad sobre este tipo de cuestiones.

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